Con la aplicación de la reforma del Outsourcing en el mes de abril del presente año, los trabajadores reciben un 90% menos de utilidades de las que le corresponde a cada uno. Dicha reforma del Outsourcing busca que todos los trabajadores en Insourcing o subcontratados tengan una Participación en las Utilidades de las empresas en las que actualmente están laborando.
De acuerdo con lo que indicó el gobierno federal, en caso de que los trabajadores sean contratados de manera directa por las empresas y no por la vía del Outsourcing, resultaría que más personas tendrían el privilegio de obtener las utilidades de los años que no las han recibido.
Por otro lado, en una consulta oportuna que se les realizó a varios contadores, ellos explicaron que para poder reducir las cargas fiscales y no hacer el pago de la PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades), las compañías se encargaron de contratar servicios de empresas de Outsourcing para poder administrar su personal; además de que hay una buena cantidad de patrones que si recurren a esquemas de subcontratación ilegal, lo que trae como consecuencia es que la mayoría de los trabajadores reciban menos utilidades de las que por derecho les corresponde.
El cambio adicional que se aplicó al artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) en la fracción VIII, se estableció que el monto de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades, tendrán un límite máximo de al menos tres meses del salario del trabajador, o bien un promedio de la participación que recibió en los últimos tres años laborados. Por lo tanto, la empresa deberá aplicar el monto que resulte más favorable para los trabajadores.
Cabe destacar que, tras la entrada en vigor de la reforma del Outsourcing, esto originó una de las principales dudas entre los sindicatos, las empresas y los trabajadores, si la reforma se aplicará para el pago de Participación de los Trabajadores en las Utilidades que se pagan en este mes de mayo del año en curso.
La respuesta que dio la STPS (secretaría del Trabajo y Previsión Social) a la dudas que se presentaron, se aclaró que la reforma no podrá ser aplicada al Reparto de utilidades que se paguen en este mes de mayo del año en curso.
“Lo que se va a repartir en este mes de mayo es la PTU de 2020 y por tanto para el PTU de 2020 estaba vigente la Ley anterior. Por lo tanto, la reforma no aplicará para el Reparto de Utilidades de este mes de mayo”
respondió la Secretaria de Trabajo y Previsión social.
La Secretaría de Trabajo y Previsión Social Puntualizó que las empresas que paguen Utilidades en este mes, deberán tomar en cuenta el Ejercicio Fiscal 2020 conforme se estipula en la Ley Federal del Trabajo vigente en dicho año antes mencionado.
Sin embargo, indicaron que en mayo del año 2022, es cuando se podrán repartir las utilidades del año fiscal 2021 y este pago de Utilidades ocurrirá una sola vez, esto ayudará a reconocer la regularización de todos los trabajadores, pues pasaran de haber estado subcontratados a ser contratados de manera directa por las empresas.
A partir del 01 de agosto del presente año, cualquier empresa debe regularizar su plantilla y tendrá que pasar a los trabajadores subcontratados y la nómina de la empresa, es por ello que la PTU que se pague a los trabajadores regularizados en el 2022.
¿Qué pasará con el Reparto de Utilidades en mayo de 2021?
“Nada porque la ley no tiene cobertura en esa fecha (en 2020)”, sostiene Salafranca y agrega que, para este mes de mayo de 2021, las reglas para el pago de PTU no cambian y se tendrán que pagar conforme en años anteriores.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social aclaró como deberán quedar las utilidades con la reforma que regulará el Outsourcing, es por ello que te compartimos algunas respuestas a las dudas que surgen con relación a las prestaciones laborales.
¿Qué son las utilidades?
Las utilidades son un derecho constitucional que tienen todos los empleados, quienes proporcionan un trabajo personal subordinado a una persona moral o física a cambio de un salario. Por lo tanto, los trabajadores tienen derecho a participar en las ganancias obtenidas por la empresa, teniendo en cuenta que el reparto se realizará siempre y cuando que estas se generen.
¿Cuándo se debe pagar las utilidades?
Las Utilidades se deben pagar a más tardar el 30 de mayo en caso de los trabajadores que laboran para una empresa (persona moral), mientras que las personas que trabajan para una persona física, deben recibir el pago de utilidades a más tardar el 29 del mes de junio.
¿Cuáles son los trabajadores que tienen derecho a recibir esta prestación?
Los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en las empresas que obtuvieron una utilidad neta de al menos 300 mil pesos o más, correspondiente a su declaración fiscal del año 2020 y que tengan más de un año funcionando. De acuerdo a estas condiciones, los trabajadores tendrán derecho al reparto de utilidades, independiente de que ya no estén laborando en la empresa.
¿A quiénes no les corresponde el pago de utilidades?
El reparto de utilidades no les corresponde a trabajadores domésticos, directores y directoras, artesanos, administradores, gerentes generales, profesionistas, técnicos y todos aquellos que por medio del pago de honorarios presten sus servicios sin que exista una relación directa de trabajo subordinado con el patrón.
También se exenta del reparto de utilidades a las empresas en su primer año de funcionamiento que son de nueva creación, las instituciones públicas descentralizadas culturales, el Instituto Mexicano del Seguro Social, instituciones de beneficencia o asistenciales, las empresas que tengan un capital menos al que fija la STPS por sus ramas de industria, instituciones de asistencia privada de asistencia humanitaria sin fines de lucro.