Empresas podrán aplazar y fraccionar deudas tributarias ante la SUNAT

Las personas jurídicas o personas naturales con negocio, podrían aplazar y/o fraccionar sus deudas tributarias hasta el 30 de setiembre, según Carlos Octavio Rojas, Intendente de la Gerencia de Estrategias de la SUNAT.

Carlos menciona que a través de este régimen, permitirán que los contribuyentes puedan aplazar sus deudas hasta por 6 meses, y que posteriormente, al término del plazo, puedan también fraccionar el importe adeudado hasta en 36 cuotas.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Contar con RUC Activo.
  • Los ingresos netos de los meses de marzo y abril del 2020 deben ser menores al del periodo pasado.
  • Haber presentado las declaraciones mensuales de IGV e IR de marzo y abril del 2020, y las declaraciones correspondientes a la deuda tributaria por la que se solicita el fraccionamiento.
  • No tener un saldo mayor a 215 soles en su cuenta de detracciones.
  • Presentar la solicitud hasta antes del 30 de setiembre

Además, es importante aclarar que pueden son aplicables todas las deudas en estado de cobranza, reclamada o apelada en demandas contencioso-administrativa o también en proceso de amparo.

Aplican los tributos como el IGV, el Impuesto a la Renta, pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de tercera categoría por los meses de enero, febrero y marzo del presente año.

También se han considerado los saldos de fraccionamientos, contribuciones a Essalud, deudas por multas y liquidaciones de cobranzas por tributos aduaneros vinculados a multas.

¿Cómo solicitar el aplazamiento y fraccionamiento de deuda tributaria?

Para solicitar este beneficio, debe seguir los siguientes pasos:

  1. Ingresar a la página oficial de SUNAT, e ingresar a Operaciones en Línea y luego dentro de “Mis trámites y consultas” ingresar con tu usuario y clave SOL.
  2. Dentro del portal deberás ingresar a la opción “Solicito Fraccionamiento RAF”
  1. Deberás obtener primero la información de tu deuda en “Generación de pedido de deuda”
  2. Completar el formulario virtual 1704
  3. Confirmar la deuda tributaria por la que se aplica a la solicitud, con los siguientes datos:
    • Tipo de documento y número de documento (Liquidación de cobranza, resolución de determinación o multa, orden de pago, declaración jurada)
    • El periodo correspondiente a la fecha que se cometió o se detectó la infracción
    • Importe de la deuda detallada
    • Elegir la modalidad (Aplazamiento, Fraccionamiento o Ambas)
    • En caso de escoger sólo fraccionamiento, indicar el número de cuotas a fraccionar.
    • En caso de escoger ambas modalidades, indicar el número de meses para el aplazamiento y el número de cuotas para el fraccionamiento.
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