Al poner en marcha una Mipyme o emprendimiento y buscar la forma de constituirlo legalmente, es muy común que busques beneficios que te permitan hacer trámites más sencillos, rápidos y muchas veces que no implique incluir a más personas.
Anteriormente la mayoría de las sociedades mercantiles tenían que ser constituidas por dos o más personas quienes llevarían la responsabilidad de la sociedad, pero esto cambió con la llegada de la SAS o Sociedad por Acciones Simplificadas, la cual entró en vigor en el año 2016.
Esta sociedad puede ser creada por una sola persona física autónoma o varias personas físicas o jurídicas, lo cual trae algunos beneficios ya que limita su responsabilidad solamente a las acciones que suscriban, es decir, al recurso traducido en acciones que cada socio o el socio único aporte.
¿Qué objetivos tiene la Sociedad por Acciones Simplificadas?
- Incluir a las Mipymes y emprendimientos en la formalidad
- Simplificar procesos de constitución y digitalizarlos
- Crear las condiciones para que las Mipymes y emprendimientos puedan fortalecer sus operaciones y la forma de administrarse
- Facilitar la conformación de sociedades de una sola persona autónoma
¿Qué caracteriza a las Sociedades por Acciones Simplificadas?
- La responsabilidad que los socios adquieren es únicamente por el total de sus acciones (el monto que cada uno aporta)
- Califica para Mipymes por lo cual no puede pasar un importe de ingresos que se actualiza anualmente, el cual se puede revisar en el Diario Oficial de la Federación
- Pueden transformarse en algún otro tipo de sociedad luego de su formalización
- Las utilidades son repartidas de forma proporcional según lo que cada socio haya aportado
- Todos los socios de la SAS sin excepción, deberán tener firma electrónica avanzada vigente
- Trámite fácil que se presume puede solidificarse en hasta 24 horas, además de que no genera gastos ante notario y otros similares.
- No requiere capital mínimo para su constitución ni fondo de reserva.
¿Cómo constituir una SAS en México?
Los requisitos que se exigen en la página oficial del Gobierno Federal son:
- Firma electrónica (e.Firma) de todos los accionistas
- Que alguno de los accionistas cuente con la autorización de la denominación de la sociedad que puedes obtener en línea.
- Ingresos anuales que no excedan los 5 millones de pesos
- En ningún caso, los accionistas podrán ser simultáneamente accionistas con toma de decisión de otro tipo de sociedad mercantil (por ejemplo: administrador, mayoría accionaria, etc.)
Sin duda es una excelente alternativa para aquellos que buscan formalizar su emprendimiento o micro/pequeña empresa y tener beneficios con ello.
¿Te gustaría conocer más al respecto? Comenta tus inquietudes para apoyarte a resolverlas y comparte con alguien que busque formalizar su emprendimiento.